OBLIGACIÓN DE PRESENTAR RELACIÓN DE KMS. 2017-BENEFICIARIOS GASÓLEO PROFESIONAL
05/02/2018
ASUNTO: RECORDATORIO DECLARACION ANUAL GASÓLEO PROFESIONAL
CIRCULAR Nº: 8/18
AGRUPACIÓN: SOCIOS FEBT
FECHA: 05/02/2018
Como todos los años, le recordamos la obligación de presentar la declaración
anual del Gasóleo Profesional, si es beneficiario con derecho a devolución
La declaración anual 2017 debe presentarse dentro del primer trimestre de
l
2018 (hasta finales de marzo), en la que incluirá, por cada uno de los
vehículos de su titularidad que hayan estado inscritos en el Censo de
beneficiarios en el año 2017, el número de kilómetros recorridos a fecha 1
de enero y a 31 de diciembre del año. Para los vehículos que estén obligados al
uso del tacógrafo, dicho dato se obtendrá del mismo.
Cuando los vehículos no hayan pertenecido a los diferentes beneficiarios durante todo
un ejercicio, esta relación deberá referirse, exclusivamente, al período de tiempo
efectivo de titularidad de los mismos.
CIRCULAR Nº: 8/18
AGRUPACIÓN: SOCIOS FEBT
FECHA: 05/02/2018
Como todos los años, le recordamos la obligación de presentar la declaración
anual del Gasóleo Profesional, si es beneficiario con derecho a devolución
La declaración anual 2017 debe presentarse dentro del primer trimestre de
l
2018 (hasta finales de marzo), en la que incluirá, por cada uno de los
vehículos de su titularidad que hayan estado inscritos en el Censo de
beneficiarios en el año 2017, el número de kilómetros recorridos a fecha 1
de enero y a 31 de diciembre del año. Para los vehículos que estén obligados al
uso del tacógrafo, dicho dato se obtendrá del mismo.
Cuando los vehículos no hayan pertenecido a los diferentes beneficiarios durante todo
un ejercicio, esta relación deberá referirse, exclusivamente, al período de tiempo
efectivo de titularidad de los mismos.